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lunes, 1 de abril de 2013

¿A quién no le conviene el nuevo esquema del cobro de comisiones de las AFP?

¿A quién no le conviene el nuevo esquema del cobro de comisiones de las AFP?
Hasta el próximo 31 de mayo, los aportantes al Sistema Privado de Pensiones deberán de elegir entre la comisión por flujo o la comisión por saldo. (Foto: Archivo El Comercio)

El cobro por saldo es más rentable para unos que para otros. Día_1 recogió la opinión de varios expertos y hace un análisis al respecto

elcomercio.pe.- El cobro por saldo es más rentable para unos que para otros. Día_1 recogió la opinión de varios expertos y hace un análisis al respecto


RICARDO SERRA F.
La reforma del sistema privado de pensiones (SPP) ha generado incertidumbre en las personas sobre qué esquema elegir: el actual por flujo (un porcentaje del sueldo) o migrar al que cobra una fracción del fondo que los aportantes comiencen a acumular (por saldo).

Es más que evidente que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) apuesta por el nuevo esquema. Incluso la calculadora que implementó arroja siempre, o casi siempre, que lo que más conviene a los aportantes es pasarse al esquema de comisión por saldo.

Pero ¿a quiénes no les conviene pasarse a la comisión por saldo? Según diversos analistas consultados, el nuevo esquema no le conviene, en términos generales, a las personas que recién ingresan al mercado laboral.

“Cuanto más joven sea la persona en el sistema, lo más probable es que los números favorezcan más a la comisión por sueldo, aunque dependerá de la rentabilidad que vaya a tener el fondo en el futuro. Sin embargo, no hay nada escrito en piedra, pues estamos haciendo un análisis a futuro, donde hay muchas variables que pueden cambiar y que nadie puede controlar”, explica Enrique Díaz, presidente de la consultora Mercado de Capitales, Inversiones y Finanzas (MC&F).

Pero también hay otro punto de vista que no es solamente el de la edad. Según Díaz, una persona que no se ve mucho tiempo como trabajador dependiente debería pensar más en el esquema de comisión por sueldo. Esto debido a que los trabajadores independientes, cuyos ingresos no necesariamente son constantes, tendrán períodos en que no aporten. En ese caso, el esquema por saldo igual cobraría una comisión, mas no lo haría el esquema por sueldo.

Juan José Marthans, profesor de Economía de la Universidad de Piura y ex jefe de la SBS, agrega que a las personas que están cerca de la edad de jubilación, como regla general, les convendría el sistema de comisión por saldo, pues será poco lo que comiencen a acumular a partir de la reforma y, por ende, también será bajo lo que la administradora de fondos de pensiones (AFP) les cobrará. “Detrás del esquema por saldo puede suceder cualquier cosa, pues cada dos años se van a redefinir los segmentos de comisión variable y por saldo”, advierte Marthans.

LA CALCULADORA
Si es cierto que a los jóvenes les conviene la comisión por sueldo, ¿por qué la calculadora de la SBS muestra lo contrario? Paul Lira, director académico de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), comenta que todo depende de los supuestos con los que la SBS haya cargado el programa.
“Si se usan otros supuestos, los resultados serán diferentes”, señala.
Por ejemplo, Díaz, de MC&F, comenta que la calculadora supone que las comisiones por saldo de las AFP bajarán dentro de 10 años a 0,5%, lo cual no se puede saber a ciencia cierta si ocurrirá. “También se asume que la rentabilidad irá bajando a 5% dentro de 10 años”, indica Díaz.

MAXIMIZAR LA PENSIÓN
Hay otro punto de vista sobre qué es lo que les conviene a los aportantes, y muestra que el sistema de cobro por saldo no busca maximizar la pensión futura del afiliado.

“A mí me parece que la comisión por saldo no le conviene a nadie. El objetivo de un sistema previsional es garantizar una pensión digna al final de la vida laboral. En consecuencia, cualquier alternativa que toque el fondo no es conveniente, pues al ir cobrándose del fondo terminará produciendo una menor pensión”, opina Fernando Arrunátegui, decano de la Facultad de Gestión de la USIL.

Precisa que el objetivo del sistema de pensiones, sea público o privado, no es que la persona tenga un mejor ingreso durante su vida laboral (al descontarle menos dinero mensualmente por la administración de sus recursos), sino maximizar las pensiones en la etapa no laboral de los aportantes.“Para que una persona tenga la mejor pensión posible, debe tener el mayor fondo acumulado que pueda. Pero si se permite que las AFP se cobren del mismo fondo, que es la comisión mixta y por saldo, por definición el fondo del afiliado será menor y también lo será su pensión”, afirma Arrunátegui.

Díaz coincide con este argumento. Para él, la pregunta más importante no es con qué sistema de comisión uno pagará menos a la AFP, sino con qué esquema tendrá más dinero a futuro para su pensión, “y esa pregunta no la están respondiendo las calculadoras”, resalta.

ALINEAR INTERESES
Un aspecto a favor de la comisión por saldo es que alinea los intereses del afiliado y de la AFP: la administradora de fondos tiene el incentivo de generar una mayor rentabilidad al afiliado, dado que los ingresos de la empresa dependerán de esa variable.

Sin embargo, Fernando Arrunátegui opina que ese alineamiento de intereses no debería hacerse tocando el fondo de los afiliados y propone un sistema diferente.

Sugiere, por ejemplo, que la comisión por sueldo de, digamos, 1,8%, se divida en dos: que el afiliado pague siempre, todos los meses, 1,0% a su AFP por la administración de sus fondos, y 0,8% solo si es que la AFP ha obtenido en el mes una rentabilidad mayor que el promedio. “Esta es una manera en que se alinean los intereses de los aportantes y de las AFP sin tocar el fondo de jubilación”, sostiene el catedrático de la USIL.

¿INCONSTITUCIONAL?
Según Arrunátegui, el nuevo esquema, mediante el cual las AFP se cobrarán de una parte del fondo de jubilación, atenta contra la Constitución, pues esta señala que esos recursos son intangibles. De la misma opinión es Lira, de la UPC.

Sin embargo, la Constitución dice que los fondos son intangibles desde el punto de vista de que no se pueden utilizar para otro propósito que no sea el puramente pensionario, explica Marthans. “El hecho de que se use parte del saldo para pagar a quien administra el fondo, y va a tener como propósito determinar la pensión a largo plazo, no es faltar a lo que manda la Constitución”, comenta.

Este escenario de la reforma deja dudas en los afiliados y una elección basándose en supuestos no es la ideal. El sistema siempre es perfectible. Aún no es tarde.